jueves, 29 de mayo de 2014

... la decisión del gasto es privativa del empresario y no de la Administración ...

Desde hace muchos años es cada vez más difícil que uno encuentre "algo" que le alegre el día, pero hoy ha sido uno de esos días, con la sensación añadida de que la tendencia se va a invertir y a partir de hoy, cada vez van a ser mas...

Navegando por una de las muchas fuentes de información fiscal y empresarial por las que paseo a diario, he encontrado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de las que oiremos hablar en el futuro, de gran importancia y que con una exquisitez y clarividencia exquisitas constata que la voracidad del sistema recaudador del estado no puede "confiscar", hasta el extremo que la sentencia tiene que aclarar que "... la decisión del gasto es privativa del empresario y no de la Administración...", porque la realidad es que Hacienda está llegando hasta esos limites, ellos disponen unilateralmente que gastos no son deducibles. Aclarando también que el gasto no podrá ser rechazado salvo en caso de error en la contabilización, grosera desproporción o ausencia de cualquier justificación sobre la relación con la actividad.

Hay que dar gracias porque de vez en cuando alguien ponga un poco de cordura en este mundo de locos que nos esta tocando vivir.

Buenas tardes a todos, y espero que haya podido alegrar el día a alguien más.

Os dejo en en lace a la sentencia;



Roberto Andrés Herrero.
Asesor Fiscal y Empresarial.